Diputados Acuerdan Puntos en Materia de Arraigo

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normallDurante la sesión ordinaria de la Comisión de Puntos Constitucionales de la cámara de Diputados, celebrada el día 25 de abril del año en curso, fue aprobado el dictamen que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de arraigo.
Al fijar el posicionamiento a nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional José Alberto Rodríguez Calderón, señalo la necesidad de que prevalezca la medida cautelar del arraigo en delitos de delincuencia organizada y en delitos graves del fuero común, hasta en tanto entre en vigor el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral.
En el desarrollo de los trabajos de dicha comisión, el legislador hidalguense José Alberto Rodríguez Calderón, señalo que debido a los índices delictivos que aún existen en nuestro país, es necesario que prevalezca la medida cautelar de arraigo, ya que dicha figura jurídica, ha permitido a las autoridades federales y locales, resolver investigaciones de alto impacto social y detener a delincuentes de alta peligrosidad.
Preciso, que su grupo parlamentario propuso que el tiempo que dure dicha medida, se reduzca a más de la mitad del tiempo permitido actualmente por nuestra carta magna; por lo cual, el nuevo plazo será de veinte días, el cual solo podrá prorrogarse por quince días más; aunado a que la autoridad judicial para autorizar tal medida, debe contar con indicios suficientes que vinculen a la persona con esos delitos, pero lo fundamental es que los indicios deben ser de naturaleza diversa (no solo con testigos), para evitar el abuso de esta medida; permitiendo además que los organismos públicos de protección de los derechos humanos, revisen su aplicación en cualquier momento.
No obstante puntualizo que la utilización de esta medida cautelar debe ser de carácter excepcional, cuando resulte imposible aplicar las medidas ordinarias previstas en la constitución como son la flagrancia, el caso urgente y la orden de aprehensión.
Para finalizar señalo, que esta figura jurídica deberá desaparecer, una vez que entre en vigor el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral, que prevé el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se prevén nuevas medidas cautelares.

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