Ante la presencia de 22 representantes de las diversas fracciones edilicias, se llevó a cabo la Décima Cuarta Sesión Extraordinaria Pública en la sala Juárez del ayuntamiento municipal de Pachuca.
En el acto se presentó el dictamen de procedimiento, recaído a la solicitud hecha por el presidente municipal Eleazar García Sánchez, referente a la autorización por parte del H. ayuntamiento, para que el DIF municipal, a través de la dirección de alimentación y desarrollo familiar comunitario, de continuidad y cobertura al programa Desayunos Escolares en el ciclo escolar 2013-2014.
Una vez aprobado por unanimidad, se dispensó el envío a comisiones, lo mismo que el contenido del dictamen.
De igual forma, se llevó a cabo la presentación del dictamen de las comisiones conjuntas de hacienda municipal y de gobernación, bandos, reglamentos y circulares, referente a la autorización del H. Ayuntamiento para la enajenación de 38 bienes muebles, propiedad del ayuntamiento.
Decreto por el cual, se acuerda la desincorporación de bienes del dominio público a bienes del dominio privado de la presidencia municipal, y su posterior enajenación mediante licitación pública. Lo anterior, derivado de la concesión otorgada en el año 2012 del servicio de recolección y tratamiento de los residuos sólidos urbanos, la Secretaría de Servicios Públicos Municipales se ve en la necesidad de prescindir de 38 vehículos que estaban destinados al servicio de recolección, traslado y tratamiento de residuos dentro del ayuntamiento.
Los 38 vehículos están plenamente identificados en el expediente que se otorgó a los integrantes de las comisiones permanentes de gobernación, bandos, reglamentos y circulares y de hacienda municipal, y el resto de los miembros del ayuntamiento, en virtud de haber conocido su contenido.
Se explicó que estos vehículos en desuso, generan un desgaste natural y requieren de mantenimiento y servicio, lo que representa para el ayuntamiento un costo.
Por lo que de conformidad a lo establecido en los artículos 2 y 14 del reglamento del patrimonio municipal, es facultad del presidente municipal desincorporar del dominio público y dar aviso a los integrantes del ayuntamiento de los bienes muebles que dejen de requerirse en un servicio, o de reunir las condiciones que establece la ley.
Se expuso que, en términos del artículo 90 de la Ley Orgánica Municipal y en virtud de que se cuenta con el avalúo de Obras Públicas, es procedente que mediante el dictamen que se sometió a consideración, se autorice por parte de los integrantes del ayuntamiento la enajenación de los mismos mediante licitación pública.
Este dictamen en lo general y particular fue aprobado por unanimidad de votos, por lo que se notificará a las áreas correspondientes la aprobación. Hidalgo Sport.